¿Es ilegal conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes, drogas o sustancias controladas?
- Emmanuel Ocasio Acevedo
- Dec 6, 2021
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Se menciona en la Ley 22-2000 de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, según enmendada, que el manejo bajo los efectos de bebidas embriagantes, drogas o sustancias controladas de un vehículos de motor en las vías públicas es descrito como una “conducta antisocial y criminal que amenaza las vidas y propiedades de todos los ciudadanos, así como la tranquilidad y la paz social” (Ley No. 22, 2000). Es por esto que el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico asume una posición oficial y de política pública en la que indica que esta conducta “constituye una amenaza de primer orden a la seguridad pública y que los recursos del Estado irán dirigidos a combatir, en la forma más completa, decisiva y enérgica posible, con miras a la pronta y total erradicación” (Ley No. 22, 2000).
Por lo tanto, y según se especifica en esta ley, “será ilegal que cualquier persona bajo los efectos de bebidas embriagantes, drogas o sustancias controladas conduzca o haga funcionar cualquier vehículo de motor” (Ley No. 22, 2000).
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Referencia
Ley No 22. Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, San Juan, Puerto Rico, 7 de enero de 2000. https://www.lexjuris.com/lexlex/lextransito/lextransito.htm

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